Como cualquier otro establecimiento comercial que ofrece servicios, los talleres no están exentos de poder recibir reclamaciones por sus actuaciones. Es más, por las especiales características de sus operaciones, su elevado coste en muchos casos o factores externos que pueden intervenir en el buen funcionamiento de los componentes instalados, los talleres de reparación de vehículos están dentro de las empresas que más reclamaciones reciben. Por ejemplo, la Asociación de Consumidores de Navarra Irache en su informe anual de 2021 ha situado la automoción como cuarto sector con más reclamaciones, con los talleres jugando un papel importante en estas cifras.
¿Qué actuaciones pueden implicar una reclamación al taller?
¿Cuánto tiempo de garantía tiene una reparación? ¿Cuál es el procedimiento? Todas estas cuestiones no solo son relevantes para el usuario, sino también para el taller, que en su labor diaria pueden tener que enfrentarse a estas preguntas y reclamaciones, teniendo que saber cómo proceder.
Hay que tener en cuenta que el taller formaliza con el usuario un arrendamiento de obra por el que, siguiendo el mandato expreso de éste, realiza unas intervenciones en su vehículo para el adecuado funcionamiento del mismo. Pero una vez hecho el trabajo o durante la realización del mismo, si el usuario considera que el taller ha incumplido con lo pactado en dicho contrato, podrá formular su oportuna reclamación siempre teniendo en cuenta el marco legal de aplicación.
¿Cuánto tiempo de garantía tiene una reparación?
La garantía de las reparaciones en los talleres queda regulada por el Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero regulador de la actividad industrial y de prestación de servicios, según el cual, “las reparaciones o instalaciones quedan garantizadas en las siguientes condiciones: caducarán a los tres meses o 2.000 kilómetros recorridos. La garantía relativa a la reparación de vehículos industriales caducará a los quince días o 2.000 kilómetros recorridos”.
No obstante, en cada caso particular debe demostrarse que el nuevo fallo no es responsabilidad del usuario. Y, aunque el empresario de taller es el primer interesado en solucionar una controversia lo antes posible si existen objetivamente motivos para hacerlo, en otros casos habría que valorar también los argumentos comerciales que permitan satisfacer y fidelizar al cliente.
Por último, si la negociación fracasa o no se llega a un entendimiento entre taller y consumidor, el usuario puede solicitar al taller una hoja de reclamaciones, que debe estar siempre a disposición de los clientes, donde describir su disconformidad y formular la reclamación ante las autoridades competentes en materia de consumo. Generalmente, es la OMIC (Oficina de Información al Consumidor) de la localidad la principal, pero también se puede acabar solicitando la celebración de un Arbitraje de Consumo, y en última instancia, recurrir a la Justicia con una demanda civil.
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