El taller de reparación de vehículos, como cualquier otra empresa que trabaja con clientes y, por ende, gestiona y almacena datos de los conductores (y también de trabajadores) que pasan por sus instalaciones a diario, debe cumplir con los requisitos que marca la Ley Orgánica de Protección de Datos. Desde la entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos el 25 de mayo de 2018 y la posterior Ley Orgánica 3/2018, que completaba los contenidos del reglamento y los ampliaba con la garantía de los derechos digitales, los talleres están entre los miles de empresas que deben adoptar una serie de medidas diarias para salvaguardar los datos de los que dispone, sin ponerlos en riesgo.
Ahora bien, aprovechando estas obligaciones y, en algunos casos, el desconocimiento de los propietarios de estos establecimientos, hay quienes se dedican a llamar a los talleres para instarles, fraudulentamente, a contratar formaciones o servicios que ayudan a cumplir con la normativa, bajo la premisa de que hacer sus cursos o implantar sus servicios es “obligatorio” cuando no lo es en absoluto.
Los talleres suelen contar entre sus servicios de gestoría con asesoramiento en materia de protección de datos, al igual que pueden consultar a las asociaciones regionales a las que pertenecen, en caso de recibir alguna de estas llamadas con dudosas intenciones, las cuales han proliferado en los últimos meses, al igual que se hicieron en los inicios de la pandemia para ofrecer cursos supuestamente obligatorios para prevenir contagios de Covid-19.
Aspectos de la normativa de la Ley de Protección de Datos que afectan al taller
- La normativa no establece ninguna obligatoriedad de hacer ningún curso sobre la implantación de la protección de datos.
- No caduca.
- No hay que poner ningún cartel informativo de que se cumple con el RGPD.
- No hay que hacer actualizaciones anuales.
Y especial cuidado con uno de los “ganchos” preferidos para atraer a talleres a este tipo de engaños, como son los “cursos bonificados”, ya que pueden derivar en sanciones. La Seguridad Social ha publicado distintas notas informativas advirtiendo de sanciones y cuantiosas multas para todas aquellas empresas que contraten la realización de cursos sobre la protección de datos con cargo a los créditos de formación del sistema de bonificaciones.
Por último, sobre la protección de datos, no es necesario para los profesionales del taller contratar un servicio de mantenimiento, ni realizar cursos de formación ni tener un delegado de protección de datos. Caso distinto es que cada empresa valore la conveniencia de contratar estos servicios en función de sus circunstancias particulares, pero siempre ha de hacerlo a empresas contrastadas y con reputada trayectoria en ello.
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