La contratación de trabajadores autónomos por parte de un taller es una práctica que desde siempre ha generado muchas dudas, e incluso en algunos foros se tacha de ilegal. No es así: siempre que se cumpla la normativa, contratar un profesional autónomo en un taller es perfectamente legal.
Según explica la Asociación de Empresarios del Taller de Reparación de Vehículos de A Coruña (Atreve), los talleres de reparación de vehículos pueden contratar los servicios de un autónomo siempre que se respeten algunos aspectos legales:
• Es obligatorio realizar un contrato mercantil con el trabajador externo, para no contravenir lo establecido en el Decreto que regula la actividad en los talleres.
• Un trabajador autónomo puede desarrollar su actividad en el taller de un tercero, así como utilizar sus instalaciones. No obstante, no se establecerá una relación de empleador-empleado, es decir, ambos reparadores serán independientes. Aun así, el empresario que cede su taller a otro profesional se debe asegurar de que este está cubierto en cuanto a la prevención de riesgos laborales.
Qué es un falso autónomo
En los párrafos anteriores incluimos cuáles son los supuestos legales que engloban la contratación de autónomos. Ahora trataremos los casos ilegales, los conocidos como falsos autónomos.
Según explica la web Infoautónomos, estos son los trabajadores que, pese a tener relación laboral con la empresa con todas las consecuencias, están encuadrados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social (es decir, pagan sus propias cuotas). Estos trabajadores ejercen en realidad como trabajadores por cuenta ajena bajo dos puntos de vista:
- Dependencia: el trabajador sigue las directrices de la empresa en cuanto a horarios, retribución y medios de producción.
- Ajenidad: el coste del trabajo lo asume el empresario y el resultado se consigna como ganancia o pérdida.
Así, mientras entre el autónomo y el taller no haya relación empleador-empleado y tanto el contrato como la adaptación a la prevención de riesgos laborales estén en regla, un taller puede recurrir a los servicios de un autónomo.
Comentarios
No hay comentarios