Por ahorrar tiempo, trabajo o, simplemente, por fiarse del trabajo de otros compañeros de profesión, puede darse el caso que un taller de reparación comience a realizar una reparación de un vehículo sin llevar a cabo la comprobación y diagnóstico de la avería en sus propias instalaciones. ¿Quién sería el responsable? ¿El primer taller que hace el diagnóstico o el que lleva a cabo la reparación sin comprobar cuál es la avería?
¿Qué ocurriría si el diagnóstico inicial no fuera el correcto?
Ante este tipo de situaciones, desde Conepa (Federación Española de Empresarios de Talleres de Reparación) han alertado de que una reciente sentencia de un juzgado de Madrid capital ha condenado a un taller de reparación a devolver íntegramente la factura cobrada al consumidor por unos trabajos basados en una supuesta diagnosis de otro reparador y que dio lugar a que el cliente ordenase la intervención al taller contratado sin que se solucionase la avería.
Por ello, desde la patronal de talleres aconsejan a los mecánicos que tengan precaución en estos casos, procediendo de la misma forma que si no hubiera otro diagnóstico, al margen o no de que ello implique un incremento en la factura al cliente, ya que así se evitarían problemas futuros como el mencionado anteriormente.
Como explica Conepa, como regla general, los juzgados y los tribunales ordinarios de Justicia suelen mantener ese criterio cuando dictan sus resoluciones en este tipo de casos, ya que suele entenderse en sede judicial que, aunque el consumidor dé la orden a un taller de realizar una determinada intervención en su vehículo en base a una diagnosis realizada en otro centro reparador, el taller contratado deberá realizar sus propias comprobaciones y verificar la información aportada por su cliente como supuesta causa de una avería.
No tiene por qué haber mala intención en dicho diagnóstico previo por parte de otro reparador, sino simplemente tratarse de un fallo en el mismo, por no tener formación o las herramientas correctas para ello. Pero, en cualquier caso, se aconseja a todos los talleres que, como profesionales de la reparación y en su condición de garantes de los trabajos efectuados conforme a la norma que regula la actividad industrial de los talleres de reparación y la prestación de servicios, intenten minimizar riesgos comprobando por sí mismos cualquier diagnóstico previo realizado por terceros.
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