La normativa UNE58924 sobre equipamiento de taller, aplicada a elevadores de vehículos fue objeto de debate en una charla llevada a cabo en Motortec por Afiba, la Asociación de Fabricantes e Importadores de Bienes de Equipo para la automoción. En ella, Carla Guenzi, de Suministros Dama (Murcia), explicó que para su correcto cumplimiento -si bien no es obligatoria, sólo voluntaria-, son claves tres recomendaciones: “garantizar la seguridad, contar con la documentación en regla y realizar un constante mantenimiento preventivo”.
Documentación
Establece requisitos para manuales, recuerda el marcado de la CE y desarrolla la declaración de conformidad. Así, el elevador debe llevar en un lugar visible toda la información relevante para su uso seguro, mientras que, sobre el marcado de la Comunidad Europea, debe contar con la placa visible, legible e indeleble con el símbolo de la CE, así como el nombre de fabricante, modelo, tipo, número de series y años de fabricación.
Otra información que debe figurar visible en el elevador es la capacidad de carga, la distribución permitida, sus parámetros técnicos y las instrucciones rápidas de seguridad. En lo que respecta a la Declaración de Conformidad, los talleres deben tener a la vista el documento que certifica el cumplimiento con la Directiva 2006/42/CE, las normativas específicas y los datos del fabricante. Por último, también el gerente del elevador también debe tener un manual del usuario redactado en la lengua oficial, con descripción general, instrucciones de uso y mantenimiento.
Instalación
Define requerimientos para la correcta instalación de los elevadores por parte de personal cualificado. De este modo, debe ser realizada por técnicos con formación específica en mecánica, hidráulica, eléctrica y sistemas de anclaje. La remozada normativa avisa de que tiene que llevar a cabo una evaluación del emplazamiento para el montaje, examinando que el área de instalación cumpla con las condiciones adecuadas: área libre de obstáculos, suelo nivelado, cimentación correcta y las instalaciones previas necesarias. Tras dicha instalación, se deberá generar y conservar el informe de Puesta en Servicio, realizándose ensayos de carga dinámica y estática antes de su puesta en marcha.
Mantenimiento y revisiones
La nueva normativa detalla las obligaciones de mantenimiento, revisiones e inspecciones. Una labor que comenzará con inspecciones diarias a base de comprobaciones básicas antes de cada uso para garantizar la seguridad operativa. Además, el mantenimiento debe llevarse a cabo según las recomendaciones del fabricante, atendiendo a las características de la maquinaria y su tiempo de uso. Aquí se debe distinguir entre: Mantenimiento preventivo y predictivo, que es realizado por personal competente (operador) y mantenimiento correctivo, realizado por personal especialmente capacitado (técnico).













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