Desde el 1 de enero de 2025, están en vigor todas las obligaciones derivadas del Real Decreto 1055/2022, la normativa que busca regular la gestión de envases y residuos de envases. Por ello, desde Conepa y Genci trataron en un webinar de arrojar algo más de luz sobre esta normativa por la que todo aquel que pone un producto en el mercado debe encargarse y financiar esa gestión de su envase, existiendo una responsabilidad de que el envase y su residuo tengan un tratamiento adecuado.
Tan sólo en una proporción muy pequeña, algo puntual, como cuando alguien lo hace a nivel particular en su casa, puede ser considerado uso doméstico.
Hasta la fecha, los talleres generaban residuos, los almacenaban y luego cada uno ya lo entregaba donde correspondía, a su gestor no más tarde de seis meses. Sin embargo, a partir del 1 de enero, esa trazabilidad del residuo, ese ciclo de vida del envase que antes era para el taller, ahora debe ser responsabilidad para el que ha vendido el producto, el dónde, cuándo y cómo nos la debe dar el gestor
No hay un cambio sustancial en la figura del poseedor del residuo, por lo que en los talleres en los que hay tanto residuos peligrosos como no peligrosos, las obligaciones son las mismas y se mantienen: hay unas condiciones estrictas que tienen que ser cumplidas en no más de seis meses, añadiendo que sólo varía en los costes y en que antes era un gestor el responsable y ahora debe gestionarlo el productor del residuo. ¿La clave de todo? Que el taller sepa si es productor de producto.
¿Y cuándo el taller es productor de producto? Productor del producto es todo aquel que pone en el mercado un producto que está envasado por primera vez. Si importara fuera de España y su proveedor no está en el RPP (número de registro de productores de producto, el responsable sería el taller y, pasaría, por tanto, a ser también productor del producto, por lo que es importante verificar que nuestros proveedores están incluidos en este RPP. Y si el taller incorpora nuevas cajas o embalajes al producto antes de reenviarlo (palés, cajas de cartón, bolsas…), en ese caso, tendría también que incluirse en ese registro, porque serían productores de producto.
La hoja de ruta a seguir en cuatro pasos es, en primer lugar, inscribirse en el ministerio, que es un proceso relativamente ágil y sencillo; el segundo, adherirse a un Scrap (Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada para incentivar la recogida, gestión y valorización de residuos); en tercer lugar, hay que reportar los productos que deben gestionarse; y por último, fijar un precio o un acuerdo en función de las tarifas de cada Scrap”.
















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